Categorías: Posts relacionados

Limite de pago en efectivo

Límite de pago en efectivo en España

En la nueva normativa establecida de limite de pago en efectivo, las empresas, trabajadores autónomos o particulares de nacionalidad española o extranjera tienen una serie de límites establecidos por la AEAT. El objetivo de estas medidas es reducir y evitar el fraude fiscal así como también el blanqueo de capitales. Así que conoceremos hasta que cantidad se puede pagar en efectivo y en que casos para no ponernos en problemas con hacienda.

¿Cuanto puedo pagar en efectivo?

Esta entrada sobre la declaración de la renta y toda la información sobre la misma te puede interesar también, además de que podemos ayudarte y asesorarte si nos contactas, grupo Gabitec tiene vasta experiencia en este y otros ámbitos de la asesoría a autónomos y empresas, estando especializados en los emprendedores influencers de los medios digitales

Pago máximo en efectivo entre particulares y profesionales

El Congreso aprueba la ley contra el fraude fiscal que prohíbe pagos en efectivo superiores a 1.000 euros

  • La anterior regulación establecía el límite de pagos en efectivo en 2.500 euros, a fecha efectiva del 12/07/2021 pasa a reducirse hasta los 1.000 euros.

Del mismo modo se refuerza el control sobre las criptomonedas, de forma que los contribuyentes tendrán que informar de los saldos y titulares de las cuentas tanto en territorio nacional como en el exterior, así como de las operaciones de adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos.

La norma también aumenta el control de las sociedades de inversión de capital variable (sicav), cuyos socios tendrán que tener una participación mínima de 2.500 euros, y crea un gravamen especial del 15 % sobre el beneficio no distribuido de las socimis (sociedades anónimas cotizadas de inversión inmobiliaria).

En el caso de los turistas que lleguen a España, la normativa no se aplica de la misma forma, pues estos tendrán derecho a pagar en metálico hasta una cantidad de 10.000 euros, y pueden hacerlo en cualquier situación:

En un comercio o tienda
En una transacción con una empresa
En una operación con otro particular

Cualquier tipo de infracción en este sentido prescribirá a los cinco años, y estos comenzarán a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido.

Es importante resaltar que quién incumple son las dos partes, quien paga y quien cobra, por lo que la Agencia Tributaria puede actuar contra cualquiera de los intervinientes.

Pago máximo en efectivo 2022, ¿Cual es la cantidad máxima?

Límite de pagos en efectivo, ¿particular o profesional?

Importante. Esta norma sólo afectará a aquellas operaciones en las que alguna de las partes actúa como empresario o profesional, por lo que los pagos en efectivo entre los particulares o en entidades financieras de más cantidad son totalmente legales.

¿Cuanto se puede pagar en efectivo 2022?

Tal y como establece la ley, no podrán pagarse en efectivo las operaciones en las que una de las partes intervinientes se trate de un empresario o profesional y que el importe de la operación sea igual o superior a 1.000 euros o equivalente en moneda extranjera.

En el caso de que el pagador sea una persona física que no tiene su domicilio fiscal en España, y no actúe como empresario o profesional, el importe se fija en 10.000 euros.

Pagos efectivo límite para evitar fraude del blanqueo de capitales

¿Que se considera pago en efectivo exactamente?

Se entienden como tal los siguientes medios utilizados en la compra de un bien:

– Los billetes y monedas nacionales o extranjeras

– Los cheques bancarios al portador

– Cualquier otro medio físico incluyendo los electrónicos.

Límite pago efectivo 2022

¿Qué obligaciones conllevan las operaciones que no pueden pagarse en efectivo?

Los intervinientes en estas operaciones deben conservar los justificantes del pago durante 5 años desde la fecha de la transacción para poder demostrar que se efectuó a través de otros medios de pago.

Si por cualquier motivo AEAT  pidiera justificar un pago en efectivo, debes saber que para acreditarlo puedes presentar un recibo, una carta de pago o certificaciones acreditativas de ingreso.

La factura recibida por parte de nuestro proveedor nunca sería suficiente.

¿Qué pasa si incumplo las limitaciones del pago en efectivo?

Como ya sabes, todo incumplimiento de las normas establecidas por ley dan lugar a infracciones y posibles sanciones por parte de la administración.

El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo, suponen una infracción administrativa que se da en el caso de que los intervinientes paguen el importe total o parcial en efectivo.

Tanto el pagador como el receptor se harán cargo de forma solidaria de la infracción cometida y de la sanción correspondiente. La Agencia Tributaria podrá exigir el abono de la sanción al pagador, al comprador o a ambos.

Límite dinero en efectivo España para pagos a un profesional

¿Cuál sería el importe de la sanción en caso de incumplir el limite de pago en efectivo?

Esta sería de el 25% de la base de la sanción. Esta base será igual a la cuantía pagada en efectivo, siempre en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros.

Por ejemplo, una operación entre 2 empresarios, el importe es de 10.000 euros el pago se realiza en efectivo. El importe de la sanción será del 25% sobre el pago en efectivo que son 10.000 euros.

La infracción mencionada finalizará a los 5 años, que empezarán a contar desde el día en que la infracción se hubiera cometido.

La AEAT puede LIBERAR a cualquiera de las partes en caso de que esta denuncie el pago en efectivo de la otra parte. Siempre que no hayan transcurrido más de 3 meses desde que se realizó el pago fraudulento.
Es posible realizar la denuncia a través de la web de la AEAT o en los registros de las delegaciones de la misma.

Límite de pago en efectivo, más información

Existe un límite de pago en efectivo. Cualquiera que sea de más de 1.000 euros en la que una de las partes sea un profesional o una empresa (exceptuando los bancos) no podrá realizarse con dinero en efectivo y deberá hacerse por otros medios.

Pagos en efectivo entre particulares, a tener en cuenta

Si se realiza una operación de compraventa entre particulares, el precio sí se podría pagar en efectivo.
Si un particular vende un inmueble a una empresa entonces no se puede realizar la transacción al no ser las dos partes particulares y entra la ley del límite de pago en efectivo en escena, ya que una de las partes es empresario.

Pagos efectivo máximo, información adicional

¿Alguna pregunta más sobre la forma de pago en efectivo máximo?. No dudes en consultarnos sobre este tema y ahórrate una más que posible multa. Puedes escribir también en el apartado de comentarios y te contestaremos lo más rápido posible.

Gabitec Consulting Integral
C/ Berlín, 67 – planta 1 puerta A
08029-Barcelona

: 
Llamar ahora, 932120065
E-mail
info@asesoriaparainfluencers.com

Recuerda que te ofrecemos diversos servicios para tu negocio o actividad como empresa, autónomo o influencer. También como particular.

Por cierto, conoces el impulso y las ventajas que te pueden ofrecer los descuentos de pagarés, tanto si eres empresa o autónomo. Conócelos pues te pueden ofrecer los recursos que necesitas para poder despegar de forma definitiva.

Te puede interesar


Influencers home

Ver comentarios

  • Buenas, gracias por el artículo. ¿Si yo soy residente fiscal en España puedo cobrar en efectivo fuera de la Unión Europea, en un país donde no existen límites al pago en efectivo, más de 2500 euros? Dicho de otro modo, la normativa se aplica a pagos realizados dentro de territorio español o a pagos en los que participe al menos un residente fiscal español, independientemente de donde se realice la transacción? Gracias

    • Hola buenas noches.

      Muy amable por su agradecimiento.
      La respuesta es no. Como residente fiscal español está sujeta a la normativa española.

      Saludos

  • Buenas, entonces segun el ultimo parrafo, en una compra-venta entre particulares si se podria pagar en efectivo , cual es el limite en estr caso?

  • Soy autónomo y tengo una factura a cargo de un cliente por importe de 6.000 €, si este cliente decide pagarme en varios importes mediante ingresos en efectivo en mi cuenta bancaria, de 3.000 € , ¿estaría infringiendo la ley por exceder de los 2.500 € ?

    • En este caso porque es ilegal si el importe de ingresaxen CTA? Es como fraccionar el pago de una factura pero se hace mediante ingreso bancario como se haría correctamente con transferencia?

  • Buenas tardes,
    Soy particular y quiero vender mi coche a otro particular. Me quiere pagar 10.000 euros que es lo que hemos acordado en metálico. Tengo dos dudas:
    ¿Eso es legal?
    ¿Puedo yo ingresar ese dinero en mi cuenta bancaria sin problemas?
    Gracias
    Pedro

  • Si se trata de venta de la vivienda habitual y el comprador quiere hacer pago en efectivo, pero el vendedor es autónomo,aunque ahí no actua en calidad de ello,ya que es su vivienda particular y no de la empresa,no habría fraude cierto? Gracias por el articulo

    • Buenas noches. Poniéndonos al día después de las vacaciones.
      En cuanto a la consulta, cuando se actúa como particular todos los actuantes, no hay limitación.

      Saludos

  • Buenas tardes,

    Si la factura fuera, por ejemplo, de 3.500 euros, ¿Se estaría infringiendo cobrando una parte en efectivo inferior a 2.500 euros y el resto por transferencia? Por ejemplo, 2.000 en efectivo y 1.500 por transferencia, es decir, ¿Es posible cobrar una parte en efectivo cuando la factura supera el límite de 2.500 euros?

    Gracias

  • Buenos días si soy autónomo societario de una SL y compro un coche a un particular para mí uso particular se me considera como particular? Lo puedo pagar en efectivo? Gracias

    • Buenas noches

      Según la norma vigente:

      El artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, establece la limitación de pagos en efectivo respecto de determinadas operaciones.

      En particular se establece que no podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 2.500 euros o su contravalor en moneda extranjera.

      No obstante, el citado importe será de 15.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.

      A efectos del cálculo de las cuantías indicadas, se sumarán los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios.

      Se entenderá por efectivo los medios de pago definidos en el artículo 34.2 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. En particular, se incluyen:

      El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
      Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
      Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago al portador.
      Respecto de las operaciones que no puedan pagarse en efectivo, los intervinientes en las operaciones deberán conservar los justificantes del pago, durante el plazo de cinco años desde la fecha del mismo, para acreditar que se efectuó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo. Asimismo, están obligados a aportar estos justificantes a requerimiento de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

      Esta limitación no resultará aplicable a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito.

      El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo mencionadas es constitutivo de infracción administrativa.

      Serán sujetos infractores tanto las personas o entidades que paguen como las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo incumpliendo la limitación indicada. Tanto el pagador como el receptor responderán de forma solidaria de la infracción que se cometa y de la sanción que se imponga. La Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá dirigirse indistintamente contra cualquiera de ellos o contra ambos.

      La infracción será grave.

      La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 2.500 euros o 15.000 euros, o su contravalor en moneda extranjera, según se trate de uno u otro de los supuestos anteriormente mencionados.

      La sanción consistirá en multa pecuniaria proporcional del 25 por ciento de la base de la sanción.

      Esta acción no dará lugar a responsabilidad por infracción respecto de la parte que intervenga en la operación cuando denuncie ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dentro de los tres meses siguientes a la fecha del pago efectuado en incumplimiento de la limitación, la operación realizada, su importe y la identidad de la otra parte interviniente. La denuncia que pudiera presentar con posterioridad la otra parte interviniente se entenderá por no formulada.

      La presentación simultánea de denuncia por ambos intervinientes no exonerará de responsabilidad a ninguno de ellos.

      La infracción mencionada prescribirá a los cinco años, que comenzarán a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido. La sanción derivada de la comisión de la infracción prescribirá a los cinco años, que comenzarán a contarse desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la resolución por la que se impone la sanción.

      Saludos cordiales

      • Hola gracias por la respuesta pero creo que he quedado igual .mi pregunta es si soy autónomo dentro de una SL y compro a título particular puedo pagar en efectivo o se me considera profesional . gracias

  • Tengo que pagar el registro de un piso a la junta de Castilla y León. Puedo ir al banco Santander y pagar 3500 € en dinero metálico. Cuando me den el justificante en Hacienda. Los bancos que trabaja la junta yo no tengo cita.

    • Como particular tendría esta opción, pero dependerá del criterio del banco y si lo quieren aplicar.

      Saludos

Entradas recientes

¿Cuándo dejarán de pagar IVA los autónomos?

La AGENCIA ESTATAL DE ADMINITRACIÓN TRIBUTARIA (HACIENDA) eliminará la obligación de declarar IVA a los…

Las ventajas fiscales de Canarias para influencers

En los últimos años, Canarias se ha convertido en un destino atractivo para creadores de…

¿Constituir una empresa para pagar menos impuestos como influencer?

Si estás pensando en constituir una empresa para pagar menos impuestos, esta noticia te puede…

TikTok extiende la monetización a los vídeos largos

TikTok busca atraer a más creadores de contenido con nuevos cambios de monetización e importantes…

El IVA de onlyfans en entredicho

El Tribunal Europeo falla que OnlyFans debe pagar IVA por sus servicios desde 2017 a…

Nuevas cuotas autónomos

Hay novedades en las cuotas de autónomo que los creadores de contenido e influencers pagan…